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Política de Transparencia

 

En el marco del buen gobierno Societario, promoviendo que la entidad sea dirigida con transparencia y con el objetivo de impulsar la disciplina de mercado, Banco Industrial adhiere a un criterio de divulgación que fomenta la amplia e inmediata difusión de la información de su gestión, de manera clara y exhaustiva, hacia el depositante, los inversores, accionistas y público en general.

 

Otras políticas

4.1 Política de remuneraciones e incentivos

Conforme a lo dispuesto por Estatuto, los honorarios del Directorio son fijados anualmente por la Asamblea de Accionistas, teniendo en cuenta los topes establecidos en la Ley N° 19.550. En la determinación de dichas remuneraciones se tienen en cuenta las responsabilidades, el tiempo dedicado a las funciones, la experiencia y reputación profesional.

El Comité de Compensaciones, Beneficios y Retribuciones es el encargado de reunirse con los gerentes de las distintas áreas, para determinar, entre otros aspectos, los aumentos e incentivos que se otorgan a los empleados. Dicho Comité interviene tanto sobre las remuneraciones variables, atadas a objetivos comerciales, que reciben los empleados que trabajan locales de atención, como las de aquellos que se encuentran en áreas centrales sujetos a objetivos vinculados a sus evaluaciones de desempeño. El Gerente de Gestión y Desarrollo Humano es el encargado de la administración de la política de remuneraciones y beneficios al personal.

Asimismo, cabe indicar que la Entidad aplica un proceso de Evaluación de Desempeño que considera el análisis de variables, entre las cuales se encuentran metas comerciales y de diversificación de productos. El resultado de esta evaluación es utilizado como parámetro en la definición de las retribuciones.

 

4.2 Políticas relativas a conflictos de intereses y naturaleza y extensión de las operaciones no vinculadas

La Entidad aplica la definición, los límites y demás disposiciones para las financiaciones a vinculados que establece la normativa del BCRA.

De acuerdo con la Ley de Sociedades Comerciales y dentro de los límites establecidos por la normativa del BCRA, se permite la financiación a vinculadas siempre que dichas operaciones se ajusten a prácticas de mercado. Mensualmente, la Dirección Comercial presenta un informe al Directorio, indicando los montos de financiamientos acordados en el período, a cada una de las personas físicas y jurídicas vinculadas y las condiciones de contratación, informando si se corresponden con el resto de los clientes en circunstancias similares. Dicho informe debe contar con un dictamen escrito de la Comisión Fiscalizadora acerca de la razonabilidad de los financiamientos incluidos, como así también que ellos son la totalidad de los acordados a personas físicas y jurídicas vinculadas a la Entidad.

Por otra parte, en forma trimestral, y en función de la normativa emitida por el BCRA, la Entidad presenta ante el BCRA un informe especial con el detalle de las empresas o entidades vinculadas del país o del exterior de accionistas y de quienes ejercen los órganos de dirección y control. Adicionalmente dichas personas, en forma semestral y cada vez que se produzca algún cambio, presentan una declaración jurada informando el detalle de sus empresas vinculadas.